Artículo Veracruz

Código Penal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Fraude · nacional Penal

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Cita: Artículo Veracruz de Fraude (Comparador SosLegal — 34 jurisdicciones curadas de fuentes oficiales (DOF, Cámara de Diputados, congresos y periódicos oficiales estatales)).
Texto literal de la fuente oficial.Este es el texto de la ley tal como lo publica la fuente oficial, sin cambios. La explicación «en cristiano» va aparte.Compromiso de fuentes oficiales.

Comparador de penas — Fraude

Jurisdicción: Veracruz

Ley: Código Penal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave

Artículos: art. 216 (fraude); art. 217 (equiparado); art. 218 (admón. fraudulenta)

Pena: 6 meses a 12 años (simple/equiparado, por monto en días de salario)

Agravantes: Monto en días de salario (50, 300, 750, mayor); admón. fraudulenta (art. 218) y quiebra (art. 219) remiten a la pena del fraude.

Cita literal: Artículo 216. A quien engañando a alguien o aprovechándose del error en que se halle, obtenga para sí o para otro alguna cosa total o parcialmente ajena con ánimo de dominio, lucro o uso, o cause a otro un perjuicio patrimonial, se le sancionará con: I. Trabajo en favor de la comunidad de uno a cuatro meses o multa hasta de cincuenta días de salario, cuando el valor de lo defraudado no exceda de cincuenta días de salario; II. Prisión de seis meses a tres años y multa hasta de doscientos días de salario, cuando el valor de lo defraudado exceda de cincuenta pero no de trescientos días de salario; III. Prisión de dos a cinco años y multa hasta de quinientos días de salario, cuando el valor de lo defraudado exceda de trescientos, pero no de setecientos cincuenta días de salario; o IV. Prisión de cinco a doce años y multa hasta de setecientos días de salario, si el valor de lo defraudado excede de setecientos cincuenta días de salario.

Notas: Escala por monto en días de salario (art. 216); equiparados en art. 217 (13 fracciones); administración fraudulenta (art. 218) se sanciona como el fraude genérico; insolvencia fraudulenta (art. 219) remite a las penas del fraude.

Fuentes oficiales: Código Penal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, H. Congreso del Estado (última actualización 06-mar-2026) (https://www.legisver.gob.mx/leyes/LeyesPDF/CODIGOPENAL06032026FF.pdf)

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