Artículo Estado de México

Código Penal del Estado de México

Extorsión · nacional Penal

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Cita: Artículo Estado de México de Extorsión (Comparador SosLegal — 34 jurisdicciones curadas de fuentes oficiales (DOF, Cámara de Diputados, congresos y periódicos oficiales estatales)).
Texto literal de la fuente oficial.Este es el texto de la ley tal como lo publica la fuente oficial, sin cambios. La explicación «en cristiano» va aparte.Compromiso de fuentes oficiales.

Comparador de penas — Extorsión

Jurisdicción: Estado de México

Ley: Código Penal del Estado de México

Artículos: Extorsión derogada (Cap. VI y art. 266 derogados). Aplica Ley General de Extorsión, art. 15.

Pena: Sin tipo estatal vigente (derogado). Ley General de Extorsión (DOF 28-11-2025), art. 15: 15-25 años de prisión y multa de 300-500 UMA.

Cita literal: CAPITULO VI / EXTORSIÓN / Derogado / Artículo 266. Derogado.

Notas: El Código Penal del Estado de México derogó su tipo local de extorsión (Cap. VI, art. 266). Al no existir ya tipo estatal, aplica el tipo básico federal de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión (DOF 28-11-2025, art. 15: 15-25 años y 300-500 UMA de multa). Última reforma del código: POGG 25-09-2026.

Fuentes oficiales: Gobierno del Estado de México - LEGISTEL, Código Penal del Estado de México (últ. reforma POGG 25-09-2026) (https://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/files/pdf/cod/vig/codvig006.pdf)

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