Artículo Colima
Código Penal para el Estado de Colima
Lesiones · nacional Penal
Comparador de penas — Lesiones
Jurisdicción: Colima
Ley: Código Penal para el Estado de Colima
Artículos: art. 126 (lesiones, tarifa); art. 127 (calificadas); art. 128 (menor/incapaz/60+);
Pena: Tarifa por días de sanidad (art. 126): ≤15 días → 30-90 días de trabajo en favor de la comunidad; >15 días → 6 meses-2 años + 1-20 UMA; cicatriz/deformidad permanente → 2-6 años + 20-80 UMA; perturbación permanente de función u órgano → 2a4m-7 años; peligro de vida → 2a8m-8 años; pérdida de función/órgano o enfermedad incurable → 3-9 años; incapacidad total permanente → 3a4m-10 años + 200-400 UMA.
Agravantes: Calificadas (arts. 127 y 134: premeditación, alevosía, ventaja, traición, retribución, periodistas, menor de 18): +6 meses a 5 año…
Cita literal: ARTÍCULO 126. Al que cause una lesión a otro se le impondrán: I. De treinta a noventa días de trabajo en favor de la comunidad si las lesiones tardan en sanar hasta quince días; II. De seis meses a dos años de prisión, y multa por el importe equivalente de uno hasta veinte unidades de medida y actualización, si tardan en sanar más de quince días; [...] V. De dos años ocho meses a ocho años de prisión, y multa por el importe equivalente de ochenta hasta cien unidades de medida y actualización, si ponen en peligro la vida; [...] VII. De tres años cuatro meses a diez años de prisión, y multa por el importe equivalente de doscientas hasta cuatrocientas unidades de medida y actualización, si causan incapacidad total permanente para trabajar.
Notas: Última reforma Decreto 156, P.O. 87, 13-09-2025. Art. 127: lesiones calificadas +6 meses a 5 años de prisión; art. 128 (menor/incapaz/60+) y 130 Bis (personal de salud) se sancionan como calificadas; art. 129 parentesco aumenta. | Artículos (completo): art. 129 (parentesco); art. 132 (riña); art. 133 Bis (ácido); art. 134 (calificativas) | Agravantes (completo): s; disparo de arma de fuego/prohibida = calificada; menor/incapaz/60+ con deber de cuidado (128) y personal de salud (130 Bis) = calificadas; parentesco (129) se aumenta; riña (132); ácido o sustancias corrosivas (133 Bis): 8-12 años.
Fuentes oficiales: Congreso del Estado de Colima — Código Penal para el Estado de Colima (última reforma Decreto 156, P.O. 87, 13-09-2025) (https://congresocol.gob.mx/web/Sistema/uploads/LegislacionEstatal/Codigos/codigo_penal_13septiembre2025.pdf)
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