Artículo 9o
CÓDIGO Penal Federal · Federal Penal
.- Obra dolosamente el que, conociendo los elementos del tipo penal, o previendo como posible el resultado típico, quiere o acepta la realización del hecho descrito por la ley, y Fe de erratas al párrafo DOF 01-02-1994 Obra culposamente el que produce el resultado típico, que no previó siendo previsible o previó confiando en que no se produciría, en virtud de la violación a un deber de cuidado, que debía y podía observar según las circunstancias y condiciones personales.
Fe de erratas al artículo DOF 31-08-1931. Reformado DOF 13-01-1984, 10-01-1994
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