Artículo 61

LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos · Federal Penal

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Cita: Artículo 61 de LEY Federal de Armas de Fuego y Explosivos (Cámara de Diputados — diputados.gob.mx (PDF oficial, texto vigente)).
Texto literal de la fuente oficial.Este es el texto de la ley tal como lo publica la fuente oficial, sin cambios. La explicación «en cristiano» va aparte.Compromiso de fuentes oficiales.

.- La transportación que se derive de permisos concedidos por la Secretaría a personas o negociaciones, para realizar alguna o algunas de las actividades señaladas en este Título, debe ajustarse a las medidas de seguridad que se precisen en los permisos, así como a lo prescrito en las leyes, reglamentos, normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables.

Artículo reformado DOF 29-05-2025

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