Artículo 265
CÓDIGO Nacional de Procedimientos Penales · Federal Penal procesal
. Valoración de los datos y prueba El Órgano jurisdiccional asignará libremente el valor correspondiente a cada uno de los datos y pruebas, de manera libre y lógica, debiendo justificar adecuadamente el valor otorgado a las pruebas y explicará y justificará su valoración con base en la apreciación conjunta, integral y armónica de todos los elementos probatorios.
## TÍTULO V — ACTOS DE INVESTIGACIÓN
## CAPÍTULO I — DISPOSICIONES GENERALES SOBRE ACTOS DE MOLESTIA
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